Di Bella sostuvo en declaraciones periodísticas que "la ley nos permite otorgar este beneficio justo y merecido para muchos abuelos de la Provincia", y afirmó que "el gobernador Daniel Scioli impulsa a todas las áreas de su gobierno a reconocer la tarea de aquellos que con trabajo y esfuerzo contribuyeron durante años al crecimiento del país".
Respecto del comportamiento tributario del sector pasivo, el economista destacó que "la mayoría de los jubilados y pensionados tienen una conducta ejemplar a la hora de pagar los impuestos, básicamente porque está en su cultura y sus costumbres, cumplir con los compromisos asumidos y la palabra empeñada".
Por ello, el titular de Arba dijo que, "pretendemos que ese comportamiento solidario se extienda al resto de la ciudadanía y sobre todo a los más jóvenes”, porque antes de ser una cuestión financiera o económica, “la buena conducta impositiva es un tema cultural y de educación tributaria que debe multiplicarse".
Reunión con jubilados en Ayacucho
Con la intención de explicar el procedimiento para que jubilados y pensionados se informen sobre las exenciones impositivas vigentes, la Agencia de Recaudación inició una serie de charlas en distintos centros de adultos de la provincia de Buenos Aires.
De hecho, el miércoles pasado en la localidad de Ayacucho, el subdirector de Arba, Horacio Comas, mantuvo un encuentro informativo con más de medio centenar de adultos mayores para detallarles personalmente sobre los beneficios vigentes, cómo tramitarlos y qué condiciones deben tener quienes estén interesados en obtener el beneficio.
Según se informó, quienes cumplan los requisitos para tramitar la exención podrán realizarla de forma gratuita en cualquiera de los Centros de Servicio de Arba, o bien iniciar el trámite por internet, desde www.arba.gov.ar.
Podrán acceder a la exención impositiva los jubilados o pensionados que cumplan con las siguientes condiciones:
-Ser propietario y/o responsable del tributo, y usufructuario o poseedor de ese único inmueble
-El solicitante y/o su cónyuge deben ser jubilados o pensionados.
-El único ingreso de los beneficiarios debe estar constituido por haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto establecido en la Ley Impositiva.
-La valuación fiscal del inmueble para el año fiscal 2013 no puede superar los $500 mil.
Según se informó, quienes cumplan los requisitos para tramitar la exención podrán realizarla de forma gratuita en cualquiera de los Centros de Servicio de Arba, o bien iniciar el trámite por internet, desde www.arba.gov.ar.
Podrán acceder a la exención impositiva los jubilados o pensionados que cumplan con las siguientes condiciones:
-Ser propietario y/o responsable del tributo, y usufructuario o poseedor de ese único inmueble
-El solicitante y/o su cónyuge deben ser jubilados o pensionados.
-El único ingreso de los beneficiarios debe estar constituido por haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto establecido en la Ley Impositiva.
-La valuación fiscal del inmueble para el año fiscal 2013 no puede superar los $500 mil.