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La Provincia brinda facilidades a contribuyentes en juicio para que regularicen deudas impositivas

(01/05/2014) A partir de ahora, los contribuyentes que tengan deudas impositivas en instancia judicial con el fisco de la provincia de Buenos Aires tendrán la opción de cancelar en hasta 18 cuotas el pago de honorarios de los apoderados fiscales que intervengan en el procedimiento de cobro.

El financiamiento regirá en aquellos juicios en que los honorarios brutos a regularizar a través de planes de pago sean iguales o superiores a $15 mil. En estos casos, el monto mínimo de cada cuota no podrá ser inferior a $4 mil.

En tanto que los deudores que deban afrontar en concepto de honorarios brutos una suma menor a $15 mil, tendrán la opción de abonarlos en hasta 3 pagos, sin cuota mínima.

Con esta medida, la Provincia busca flexibilizar las opciones de pago que involucran a deudores tributarios en situación de juicio, para facilitar la finalización de procesos y acelerar el cobro de impuestos atrasados. Cabe destacar que anteriormente sólo se podían abonar los honorarios en 18 cuotas cuando el monto total del juicio superaba los $300 mil.

El cambio en la modalidad de pago a los apoderados fiscales se da en el marco del nuevo programa de regularización que impulsa la Agencia de Recaudación, que ofrece importantes facilidades para que los contribuyentes que deben impuestos, incluso aquellos que tengan deudas en instancia judicial, puedan ponerse al día con la Provincia.

El director de Arba, Iván Budassi, afirmó que "desde la Provincia buscamos brindarles facilidades a todos los contribuyentes que tengan voluntad de pago", pero destacó que al mismo tiempo "avanzaremos hasta las últimas consecuencias con aquellos que sigan incumpliendo". En ese sentido, recordó que "ya hay 350 grandes contribuyentes en condiciones de ir a remate por deudas impositivas".

La resolución que regula las condiciones para que los contribuyentes en juicio puedan cancelar los honorarios de los apoderados fue firmada por el Fiscal de Estado bonaerense, Hernán Gómez, quien en la norma puntualizó que ese financiamiento nunca podrá exceder el número de cuotas que tenga el plan de pagos que el deudor suscribió con Arba.

Además, en la medida se estipula que, en todos los casos, los aportes previsionales a cargo de la parte demandada, la tasa y sobre tasa de Justicia y otros gastos autorizados se deberán cancelar en forma conjunta, a modo de anticipo, con la primera cuota.