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ARBA no retendrá fondos provenientes de reintegros por atención médica

(16/12/2016) La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), modificó el régimen especial de retención para importes acreditados en cuentas bancarias que provengan de reintegros de obras sociales, mutuales, entidades de medicina prepaga y organismos similares.

A partir de la medida que entró en vigencia esta semana, ARBA dejará de practicar retenciones en concepto de anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fondos provenientes de “devoluciones a favor de los afiliados por prestaciones, medicamentos, materiales implantables, etc., relacionados con la salud humana”, según detalla el Boletín Oficial.

La actual conducción de la Agencia modificó la normativa vigente con el objetivo de corregir esta distorsión del sistema que implicaba esfuerzos adicionales de los contribuyentes, ya que “tenían que realizar un nuevo trámite ante el organismo para obtener la devolución del dinero, que en promedio, tenía una demora de tres meses”, aseguró el titular del organismo, Gastón Fossati.

Los perjudicados eran en su mayoría monotributistas, comerciantes y profesionales que ejercían de manera independiente y que, en muchos casos, incluso omitían realizar la gestión de devolución del reintegro. 

"La gobernadora Vidal nos pide que trabajemos para acercar el organismo a los contribuyentes, brindar una atención más eficiente y facilitarle la vida a los vecinos”, argumentó Fossati

Para que las entidades bancarias excluyan del esquema de retención estos movimientos financieros, el origen de los fondos deberá estar expresamente identificado, se informó.